Punta Alta, 19 de febrero 2026.-
 

Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Pablo Gómez

S                     /                             D

 

VISTO

La Verificación Técnica Vehicular (VTV) como control periódico obligatorio del estado mecánico y de la emisión de gases contaminantes de los automotores, exigido como requisito para circular; la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449; la Ley Provincial Nº 13.927 y su Decreto Reglamentario Nº 532/09; las modificaciones introducidas a nivel nacional en la reglamentación del régimen de verificación técnica vehicular; y

CONSIDERANDO

Que la Verificación Técnica Vehicular constituye una herramienta relevante en materia de seguridad vial y protección ambiental, en tanto permite controlar las condiciones mínimas de circulación de los vehículos automotores.

Que la VTV se encuentra regulada a nivel nacional por la Ley Nº 24.449 y, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, por la Ley Nº 13.927 y su Decreto Reglamentario Nº 532/09, normativa que establece la obligatoriedad y periodicidad del control para los vehículos radicados en la provincia.

Que conforme al régimen vigente en la Provincia de Buenos Aires, el período máximo entre revisiones es de doce (12) meses, y la antigüedad máxima para realizar la primera verificación se fija en veinticuatro (24) meses desde el alta como vehículo cero kilómetro, generando un esquema de verificación anual desde una antigüedad temprana.

Que mediante modificaciones recientes a la reglamentación de la Ley Nacional de Tránsito, el Gobierno Nacional dispuso un nuevo esquema para la Revisión Técnica Obligatoria, extendiendo los plazos para la primera verificación y la periodicidad de las inspecciones, estableciendo que los vehículos cero kilómetro deberán realizar su primera revisión a partir del quinto (5°) año desde el patentamiento, que entre los cinco (5) y diez (10) años de antigüedad la verificación será bianual, y que a partir de los diez (10) años se efectuará con periodicidad anual.

Que dichas modificaciones nacionales contemplan además la posibilidad de habilitar talleres privados y concesionarias que reúnan las condiciones técnicas necesarias para realizar las verificaciones, con el objetivo de facilitar el acceso al trámite, reducir demoras y ampliar la oferta de prestadores.

Que la implementación efectiva de estas modificaciones requiere la adhesión expresa de las jurisdicciones provinciales, en razón de las competencias concurrentes en materia de tránsito y seguridad vial.

Que a la fecha, la Provincia de Buenos Aires no ha formalizado la adhesión al nuevo esquema nacional, manteniéndose vigente el régimen provincial anterior, lo que genera diferencias significativas entre jurisdicciones y confusión entre los conductores respecto de los plazos y exigencias aplicables.

Que, a su vez, los valores del trámite de la Verificación Técnica Vehicular en la Provincia de Buenos Aires han registrado incrementos sustanciales, encontrándose vigentes desde enero de 2026 tarifas que representan una carga económica considerable para los propietarios de vehículos particulares, especialmente en un contexto de retracción del poder adquisitivo.

Que esta situación impacta directamente en los vecinos del distrito de Coronel Rosales, quienes deben afrontar un trámite obligatorio con altos costos, plazos restrictivos y limitadas alternativas para su realización.

Que resulta necesario avanzar hacia un esquema de verificación técnica más razonable, armonizado con la normativa nacional, que preserve la seguridad vial sin imponer cargas económicas y administrativas desproporcionadas a los conductores.

Que en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, mediante la Resolución N.º 369/2025 del Ministerio de Transporte bonaerense, se actualizaron las tarifas de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y, con vigencia desde el 16 de enero de 2026, el trámite obligatorio para vehículos particulares registra valores que alcanzan aproximadamente $97.057,65 para automóviles de hasta 2.500 kg y $38.801,03 para motocicletas, entre otras categorías tarifarias dispuestas en el cuadro vigente, lo que representa una significativa carga económica para los propietarios de vehículos particulares en dicha jurisdicción. 

Que, en cambio, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), la Verificación Técnica Vehicular presenta un esquema tarifario más accesible para los mismos tipos de rodados, con aproximadamente $63.453,61 para automóviles particulares y $23.858,78 para motovehículos, sin perjuicio de las diferencias en los criterios de antigüedad y periodicidad fijados para la obligatoriedad de la VTV en dicha jurisdicción.

Que la adhesión de la Provincia de Buenos Aires al régimen nacional permitiría unificar criterios, extender plazos, reducir costos indirectos y brindar mayor previsibilidad y equidad a los ciudadanos.

POR ELLO:

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo, el siguiente:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales solicita al Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires la urgente revisión de la periodicidad como la reducción del esquema tarifario de la Verificación Técnica Vehicular (VTV), atento al significativo incremento de los valores vigentes y al impacto económico que el mismo genera en los usuarios de vehículos particulares de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2º: Solicítese asimismo que dicha revisión contemple criterios de razonabilidad, gradualidad y equidad, en consonancia con los lineamientos establecidos en la normativa nacional vigente y con los esquemas aplicados en otras jurisdicciones, tales como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3º: Remítase copia de la presente al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, a la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires y a la Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, a fin de poner en su conocimiento la situación planteada y promover el tratamiento legislativo correspondiente.

Artículo 4º: Vistos y considerandos forman parte integrante de la presente.

Artículo 5º: De forma.

 

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante