Punta Alta, 20 de marzo de 2026.-

Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Pablo Gómez

S              /                    D

 

VISTO

Que la falta de mantenimiento sistemático de los caminos rurales en el Distrito de Coronel Rosales genera dificultades en el tránsito de productores agropecuarios, transportistas y vecinos que dependen de estas vías para sus actividades diarias; y

 

CONSIDERANDO

Que los caminos rurales son fundamentales para el desarrollo productivo y económico del distrito, permitiendo la salida de la producción agropecuaria y el acceso a servicios esenciales;
Que el estado actual de estos caminos afecta negativamente la seguridad vial, generando un mayor desgaste y roturas en los vehículos;

Que es responsabilidad del municipio garantizar el correcto mantenimiento de estas vías en coordinación con los organismos correspondientes, y que el estado de los caminos rurales no se condice con las tasas que el municipio percibe por su mantenimiento;

Que la falta de infraestructura adecuada puede generar aislamiento en las comunidades rurales y perjuicios a la educación rural, dificultando el acceso a las escuelas;

Que la ausencia de un esquema de mantenimiento periódico y planificado provoca que las intervenciones sean escasas, tardías y mayormente de carácter emergencial, siendo realizadas tanto por el municipio como por los propios vecinos ante la necesidad de garantizar condiciones mínimas de transitabilidad;

Que la intransitabilidad de estos caminos lleva a la apertura de trazas alternativas precarias en terrenos privados;

Que dichas intervenciones afectan el drenaje natural del agua, agravando anegamientos y deteriorando tanto los caminos como los campos linderos;

Que los caminos rurales forman parte de la red utilizada por servicios de emergencia, como ambulancias y bomberos, siendo esenciales para la protección de la vida y los bienes;
Que resulta imprescindible que los trabajos de mantenimiento contemplen criterios técnicos adecuados, incluyendo el correcto abovedado de los caminos, permitiendo el normal escurrimiento del agua de lluvia hacia los laterales, evitando su acumulación en la traza central y prolongando su vida útil mediante el uso de material apropiado;

Que asimismo es fundamental incorporar el conocimiento empírico de los productores rurales con mayor antigüedad en cada zona, quienes conocen los puntos críticos, sectores de anegamiento recurrente y dinámicas del territorio, contribuyendo a una planificación más eficiente y acorde a la realidad local;

Que en el ámbito de la Comisión de Legislación obra el Expediente O-40-24, mediante el cual se impulsa la creación de la Comisión Vial Rural del Partido de Coronel Rosales, evidenciando que desde hace tiempo se viene trabajando en la necesidad de abordar de manera integral esta problemática;

Que, en ese marco, resulta incongruente la demora en la implementación de soluciones estructurales frente a una problemática sostenida en el tiempo y reiteradamente planteada por los vecinos y sectores productivos;

 

POR ELLO:

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo, el siguiente:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige al Sr. Intendente Rodrigo Aristimuño, a fin de solicitar que:

a) Se realicen con carácter urgente los trabajos de mantenimiento de los caminos rurales y vecinales del distrito, 

b) Que dichos trabajos se desarrollen bajo un esquema de mantenimiento periódico, planificado y sostenido en el tiempo, evitando intervenciones exclusivamente de emergencia.

c) Incorporar criterios técnicos adecuados tales como el correcto abovedado de la traza, el mantenimiento y el aporte de material acorde, garantizando el normal escurrimiento del agua y evitando su deterioro prematuro.

d) En la planificación y ejecución de dichos trabajos se contemple la consulta a productores rurales de trayectoria en cada zona, a efectos de identificar puntos críticos y optimizar las intervenciones.

 

Artículo 2°: Visto y considerandos forman parte de la presente.-

 

Artículo 3°: De forma.

 

 

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

 

PUNTA ALTA, BUENOS AIRES

Martes 19 de marzo de 2026

 

A: Pablo Ariel Gomez (LALIAV#HCD),

Con Copia A: 

 

De mi mayor consideración:


VISTO

La Ordenanza Nº 4437, sancionada el 23 de octubre de 2025, mediante la cual se crea la “Plazoleta de los Maestros” en el Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales; y

CONSIDERANDO

Que la mencionada ordenanza establece la creación de un espacio verde destinado a la recreación comunitaria y al reconocimiento de los docentes;
Que en su Artículo 4º se dispone que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá asignar los recursos necesarios para su mantenimiento;
Que, a la fecha (marzo de 2026), el predio designado para la “Plazoleta de los Maestros” se encuentra sin tareas de mantenimiento ni intervenciones visibles;
Que se observa la presencia de maleza, crecimiento de especies como chañares y falta de acondicionamiento del terreno, lo cual contradice el espíritu y los objetivos de la ordenanza sancionada;
Que la falta de ejecución de lo establecido implica un incumplimiento privando a la comunidad de un espacio público de calidad;

POR ELLO,

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo el siguiente

 

Proyecto de Comunicación

 

Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales solicita al Sr. Intendente Municipal Rodrigo Aristimuño que informe:
a) Los motivos por los cuales no se han realizado tareas de limpieza, mantenimiento y puesta en valor del predio destinado a la “Plazoleta de los Maestros”, conforme lo establece la Ordenanza Nº 4437.
b) Detalle de las acciones previstas, plazos de ejecución y partidas presupuestarias asignadas para la efectiva concreción de la mencionada plazoleta.
c) Si se han gestionado recursos ante el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en cumplimiento del Artículo 3º de la ordenanza.

Artículo 2º: Visto y Considerandos forman parte del presente.

Artículo 3°: De forma.

 

Sin otro particular saluda atte.

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

 

 

 

 

 

 

 

Punta Alta, 17 de marzo de 2026.-

Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Pablo Gómez

S              /                    D

 

VISTO:

El estado actual de las calles Juncal y Mercedes Penelope Castaño de Burchakchi, de la localidad de Punta Alta; y

 

CONSIDERANDO:

Que vecinos del sector han manifestado reiteradamente las dificultades para transitar por dichas arterias debido al deterioro de la calzada;

Que se trata de calles de tierra que presentan importantes irregularidades, acumulacion de agua, barro y falta de mantenimiento, lo cual dificulta la circulación vehicular y peatonal;

Que esta situación se agrava especialmente luego de lluvias, generando anegamientos y sectores intransitables, afectando a la seguridad y la accesibilidad de los vecinos al barrio;

Que es responsabilidad del Departamento Ejecutivo Municipal llevar adelante tareas de mantenimiento, nivelación, entoscado y/o mejorado de las calles de la ciudad cuando su estado así lo requiere;

 

Por ello

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo el siguiente

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

ARTÍCULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Sr. Intendente Municipal Rodrigo Aristimuño que a través del área que corresponda, tenga bien a proceder al reacondicionamiento, reparación y mantenimiento de las siguientes calles de la localidad de Punta Alta:

a)    Calle Juncal, entre las calles Belgrano y Vélez Sarsfield.

b)    Calle Mercedes Penelope Castaño de Burchakchi, entre las calles Belgrano y Vélez Sarsfield.

ARTÍCULO 2º: Requiérase que las tareas incluyan, según corresponda, el mejorado de la calzada y el adecuado escurrimiento del agua, a fin de evitar anegamientos y garantizar la transitabilidad del sector.

ARTÍCULO 3°: Vistos y considerandos forman parte de la presente.

ARTÍCULO 4º: De forma.

 

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

PUNTA ALTA, BUENOS AIRES

Martes 24 de febrero de 2026

 

A: Pablo Ariel Gomez (LALIAV#HCD),

Con Copia A: 

 

De mi mayor consideración:

 

VISTO:

Los Decretos del Departamento Ejecutivo Municipal N° 500/2025, 507/2025, 583/2025 y 584/2025, publicados en el Boletín Oficial Municipal; y

 

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Honorable Concejo Deliberante tiene entre sus funciones el control y seguimiento de los actos del Departamento Ejecutivo.

Que el principio de publicidad de los actos de gobierno y el acceso a la información pública constituye pilares esenciales del sistema republicano y de la correcta administración de los recursos municipales.

Que los decretos mencionados refieren a adjudicaciones, afectación de bienes municipales y procesos licitatorios vinculados a la administración, uso y explotación de bienes y fondos públicos.

Que resulta necesario contar con información clara, completa y actualizada respecto del objeto, fundamentos, procedimientos administrativos seguidos y resultados finales de los actos mencionados, a fin de permitir el adecuado ejercicio de las funciones de control por parte de este Cuerpo.

 

POR ELLO 

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo el siguiente

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Artículo 1: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales, solicita al Sr. Intendente Municipal Rodrigo Aristimuño, informe en relación al Decreto N° 500/2025, mediante el cual se autoriza la adjudicación directa a la Cooperativa de Trabajo "La Franco" por la suma de $34.720.500, indicando:

a) Objeto preciso de la adjudicación dispuesta en el artículo 1° del decreto;

b) Fundamentos técnicos, económicos y legales que motivaron dicha adjudicación;

c) Expediente administrativo completo que dio origen a la adjudicación;

d) Modalidad de contratación utilizada y normativa legal que la habilita;

e) Fuente de financiamiento y partida presupuestaria imputada; 

f) Plazos, alcances y obligaciones asumidas por la firma adjudicataria,

Artículo 2: Solicitase al Sr. Intendente Municipal Rodrigo Aristimuño informe respecto del Decreto N° 507/2025, mediante el cual se dispone la afectación definitiva al uso municipal del vehículo Renault Scenic dominio GNS882. indicando:

a) Área o áreas municipales a las que el rodado fue asignado y funciones especificas que cumple:

b) Estado operativo actual del vehículo y fecha de incorporación efectiva al parque automotor municipal;

c) Costos afrontados por el Municipio en concepto de reparación, mantenimiento, puesta en valor y/o habilitación para su circulación;

d) Registro patrimonial y valuación asignada al bien una vez incorporado al patrimonio municipal;

e) Criterios utilizados para su asignación a las distintas áreas municipales;

Artículo 3: Solicitase al Sr. Intendente Municipal Rodrigo Aristimuño informe en relación al Decreto N° 584/2025, mediante el cual se declaró desierto el segundo llamado a Licitación Pública N° 04/25, por no haberse recibido ningún sobre, para la explotación de buffet, kiosco, baños, estacionamiento y espacios adyacentes en el predio de la Terminal de Omnibus de la localidad de Pehuen Có:

a) Los motivos que, a criterio de la Administración. pudieron haber incidido en la ausencia total de oferentes en ambos llamados:

b) La modalidad de contratación actualmente vigente o prevista para la asignación y explotación del servicio:

c) Los fundamentos legales, técnicos y/o económicos que sustenten dicha modalidad, con expresa mención de la normativa aplicable;

d) El plazo de vigencia del permiso, concesión o autorización que eventualmente se otorgue o se haya otorgado;

e) Las condiciones económicas generales, incluyendo canon, tarifas o contraprestaciones;

f) Si el servicio se encuentra actualmente en explotación, identificando al responsable, en su caso;

g) Remitir copia del pliego de bases y condiciones correspondiente a la Licitación Pública No 04/25 y de toda documentación vinculada a la determinación del canon o condiciones económicas previstas.

Artículo 4: Solicitase al Sr. Intendente Municipal Rodrigo Aristimuño informe en relación al Decreto N° 583/2025, mediante el cual se declaró desierto el segundo llamado a Licitación Pública No 05/25 para el Derecho de uso, explotación y puesta en valor del parador turístico ubicado en Av. González Martínez entre calle Malvinas y Av. Rosales de la localidad de Pehuen Có, indicando:

a) Los motivos que, a criterio de la Administración, pudieron haber incidido en la ausencia total de oferentes en el último llamado.

b) La modalidad de contratación actualmente vigente o prevista para la asignación y explotación del servicio:

c) Los fundamentos legales, técnicos y/o económicos que sustenten dicha modalidad, con expresa mención de la normativa aplicable;

d) El plazo de vigencia del permiso, concesión o autorización que eventualmente se otorgue o se haya otorgado;

e) Las condiciones económicas generales, incluyendo canon, tarifas o contraprestaciones;

f) Si el servicio se encuentra actualmente en explotación, identificando al responsable, en su caso.

g) Si actualmente se encuentra autorizado el estacionamiento y/o permanencia de motorhomes y casillas rodantes en el predio y/o zonas adyacentes, y en su caso:

* Bajo qué modalidad se desarrolla

* Marco normativo aplicable

* Autoridad responsable de su control y fiscalización

h) Remitir copia del pliego de bases y condiciones correspondiente a la Licitación Pública No 05/25 y de toda documentación vinculada a la determinación del canon o condiciones económicas previstas.

Artículo 5: Visto y considerandos forman parte del presente.

Artículo 6: De forma

 

Sin otro particular saluda atte.

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

 

 

 

 

 

 

Punta Alta, 24 de febrero de 2026

 

Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Pablo Gómez

S /       D

 

VISTO

El estado de deterioro y hundimiento de la calzada en la intersección de las calles Río Colorado (pavimentada) y Bouchardo Bis (calle de tierra) del Barrio Albatros XX; y

CONSIDERANDO

Que en dicha intersección se observa un hundimiento pronunciado del asfalto sobre la calle Río Colorado, justo en el punto de convergencia con la calle de tierra Bouchardo Bis.

Que esta situación se ve agravada por el escurrimiento superficial de las lluvias, que al carecer de un correcto drenaje en la calle de tierra, se infiltra bajo la capa asfáltica de la arteria principal.

Que la naturaleza del daño sugiere un posible socavamiento por pérdida de material de base, o bien una rotura en los conductos de la red cloacal o pluvial que transcurren por debajo de dicha intersección.

Que el desnivel generado constituye un riesgo de siniestralidad vial, especialmente para motovehículos y ciclistas, además de afectar la estructura general del pavimento circundante.

POR ELLO:

 

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo, el siguiente:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, realice una inspección técnica urgente en la intersección de las calles Río Colorado y Bouchardo Bis.

Artículo 2: Se requiere que dicha inspección evalúe específicamente:

  1. La integridad de las conexiones de la red de cloacas y desagües pluviales en dicho sector.

  2. El estado de la base y sub-base del pavimento en el punto donde finaliza el asfalto e inicia la calle de tierra.

Artículo 3: Solicitar que, tras el diagnóstico, se proceda al relleno, compactación y bacheo del sector afectado, asegurando un correcto nivelado para evitar que el agua de la calle de tierra continúe socavando el asfalto de Río Colorado.

Artículo 4: El Honorable Concejo Deliberante solicita asimismo al Departamento Ejecutivo que evalúe la factibilidad técnica y presupuestaria de proceder al asfaltado de la calle Bouchardo Bis, en el tramo comprendido desde su intersección con Río Colorado hasta el límite de la actual traza consolidada, a fin de garantizar la continuidad de la calzada y evitar el deterioro progresivo del pavimento existente.

Artículo 5: Vistos y considerandos forman parte de la presente.

Artículo 6: De forma.

 

 

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

PUNTA ALTA, BUENOS AIRES

18 de febrero de 2026

 

A: Pablo Ariel Gomez (LALIAV#HCD),

Con Copia A: 

 

De mi mayor consideración:

 

VISTO

 

El expediente EX-2025-28702870-GDEBA-DPTLMIYSPGP, referido al recambio de colectoras cloacales en el Distrito de Coronel Rosales de PESOS UN MIL SEISCIENTOS SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 1.607.356.633); el acta de apertura de la correspondiente licitación pública; la planilla de detalle de obras donde se especifican las trazas y características técnicas de las colectoras a intervenir; la Ordenanza Nº 4409, mediante la cual se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito distrital por el colapso del sistema cloacal; el Decreto Provincial Nº 316/25; y

 

CONSIDERANDO

 

Que el sistema cloacal del distrito atraviesa una situación crítica, reconocida institucionalmente mediante la sanción de la Ordenanza N° 4409, como consecuencia del deterioro estructural de las redes y la insuficiencia del sistema frente a eventos climáticos extremos;

Que de la documentación obrante en el expediente mencionado surge la ejecución de una obra de recambio de cañerías cloacales, con especificación de calles, longitudes, diámetros y materiales a instalar, conforme al detalle técnico incluido en el pliego licitatorio;

Que asimismo consta el acta de apertura de ofertas[1], lo que da cuenta del avance del proceso licitatorio, sin que a la fecha se haya informado oficialmente a este Cuerpo Deliberativo sobre su estado actual, adjudicación, plazos de inicio ni cronograma de ejecución.

Que paralelamente, persisten desbordes cloacales reiterados en distintos puntos de la ciudad que no figuran contemplados dentro del listado de colectoras a recambiar, generando graves riesgos sanitarios, ambientales y afectaciones directas a la calidad de vida de los vecinos;

Que el Decreto Provincial Nº 316/25 habilita la asignación de fondos específicos para atender situaciones de emergencia, resultando pertinente conocer si dichos recursos serán afectados para dar respuesta urgente a esta problemática;

Que resulta indispensable que el Honorable Concejo Deliberante cuente con información clara, actualizada y verificable sobre el estado de las obras, la intervención del organismo prestatario y las acciones previstas para resolver los puntos críticos actualmente no incluidos;

 

POR ELLO

 

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo el siguiente:

 

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales solicita al Sr. Intendente Municipal Rodrigo Aristimuño la siguiente información relacionada con el expediente EX-2025-28702870-GDEBA-DPTLMIYSPGP:

a) En qué etapa del proceso licitatorio se encuentra actualmente la obra de recambio de colectoras cloacales, indicando si la misma ha sido adjudicada y, en su caso, a qué empresa.
b) Fecha estimada de inicio de obra, plazo de ejecución previsto y cronograma de intervención por sectores.

c) Detalle si se mantiene el alcance previsto en el pliego original o si se han producido modificaciones en relación a las colectoras previstas para recambio.

d) Intervenciones por parte del Municipio ante el riesgo de hundimiento de asfalto y desbordes hasta inicio de obras.

Artículo 2º: Informe asimismo si, en el marco de la emergencia sanitaria declarada y del Decreto Provincial Nº 316/25, se gestionaron o se prevé gestionar fondos específicos para ampliar el alcance de las obras cloacales en el distrito, indicando montos, origen de los recursos y destino previsto.

Artículo 3º: Solicítese se informe cuál es la intervención de ABSA u otros organismos competentes, incluido el Dpto. Ejecutivo respecto de los siguientes puntos donde se registran desbordes cloacales no contemplados en el plan de recambio según el expediente EX-2025-28702870-GDEBA-DPTLMIYSPGP:

  • Mitre y Colón
  • Mitre entre Humberto Primo y Roca
  • Vélez Sarsfield y Pozzo Di Gotto
  • Córdoba y Alvear
  • Córdoba y José Ingenieros
  • 17 de Agosto al 700
  • Guaraní entre Paso y 25 de Mayo
  • Bouchardo y Autonomistas
  • Luggi y Bouchardo
  • Dufour y Moreno
  • Dufour y Pedro Pico
  • Paso y 9 de Julio
  • Jujuy y 2 de Abril
  • Río Colorado y Bouchardo Bis

Indicando para cada caso:
a) Diagnóstico técnico de la situación, incluido el hundimiento del asfalto.
b) Obras de emergencia realizadas o previstas.
c) Plazos estimados de resolución.

Artículo 4º: Visto y considerandos forman parte de la presente.

Artículo 5°: De forma.

 

Sin otro particular saluda atte.

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

 

 

 

 

 

 

Punta Alta, 19 de febrero 2026.-
 

Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Pablo Gómez

S                     /                             D

 

Visto:
La necesidad de mejorar la seguridad vial en arterias de circulación estratégica del distrito de Coronel Rosales, particularmente en las calles Paso y Jujuy, y la normativa vigente en materia de tránsito y señalización vial;

 

Y considerando:

Que la calle Paso, en el tramo comprendido desde Río Dulce hasta Río Juramento, es de doble mano y presenta circulación de transporte público de pasajeros;

Que en dicho tramo la calzada se ve reducido en sectores críticos, generando riesgos de maniobras peligrosas y situaciones de conflicto vial;

Que la calle Jujuy constituye una arteria estructural de vinculación Sur–Norte del ejido urbano, conectando numerosos barrios y permitiendo el acceso a la Ruta Nacional N° 229 y 249 y presenta sectores donde la calzada se angosta, manteniendo doble mano de circulación, lo que incrementa el riesgo para conductores que desconocen previamente esa condición;

Que resulta necesario advertir a los conductores mediante señalización preventiva adecuada, conforme a lo establecido en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y el Manual de Señalización Vial de la Dirección Nacional de Vialidad;

Que la incorporación de cartelería preventiva contribuye a la reducción de siniestros viales y a una circulación más ordenada y segura;

 

POR ELLO:

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo, el siguiente:

 

Proyecto de RESOLUCIÓN

Artículo 1°.-  El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales solicita al Sr. Intendente Municipal Rodrigo Aristimuño que disponga la colocación de señalización preventiva de advertencia de calzada reducida, conforme a lo establecido en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y el Manual de Señalización Vial de la Dirección Nacional de Vialidad, en las siguientes arterias y tramos:

a) Calle Paso, desde Río Dulce hasta Río Juramento, arteria de doble mano con circulación de transporte público de pasajeros.

b) Calle Jujuy, en ambos sentidos de circulación, en los sectores donde la calzada se angosta, específicamente

·         Desde la intersección con la calle 11 de Septiembre hasta la intersección con Quintana.

·         Desde la intersección con la calle De la Madre hasta la intersección con Berutti.

Artículo 2°.- Visto y considerandos forman parte de la presente.

Artículo 3°.- De forma.

 

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

Punta Alta, 19 de febrero 2026.-
 

Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Pablo Gómez

S                     /                             D

 

VISTO

La Verificación Técnica Vehicular (VTV) como control periódico obligatorio del estado mecánico y de la emisión de gases contaminantes de los automotores, exigido como requisito para circular; la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449; la Ley Provincial Nº 13.927 y su Decreto Reglamentario Nº 532/09; las modificaciones introducidas a nivel nacional en la reglamentación del régimen de verificación técnica vehicular; y

CONSIDERANDO

Que la Verificación Técnica Vehicular constituye una herramienta relevante en materia de seguridad vial y protección ambiental, en tanto permite controlar las condiciones mínimas de circulación de los vehículos automotores.

Que la VTV se encuentra regulada a nivel nacional por la Ley Nº 24.449 y, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, por la Ley Nº 13.927 y su Decreto Reglamentario Nº 532/09, normativa que establece la obligatoriedad y periodicidad del control para los vehículos radicados en la provincia.

Que conforme al régimen vigente en la Provincia de Buenos Aires, el período máximo entre revisiones es de doce (12) meses, y la antigüedad máxima para realizar la primera verificación se fija en veinticuatro (24) meses desde el alta como vehículo cero kilómetro, generando un esquema de verificación anual desde una antigüedad temprana.

Que mediante modificaciones recientes a la reglamentación de la Ley Nacional de Tránsito, el Gobierno Nacional dispuso un nuevo esquema para la Revisión Técnica Obligatoria, extendiendo los plazos para la primera verificación y la periodicidad de las inspecciones, estableciendo que los vehículos cero kilómetro deberán realizar su primera revisión a partir del quinto (5°) año desde el patentamiento, que entre los cinco (5) y diez (10) años de antigüedad la verificación será bianual, y que a partir de los diez (10) años se efectuará con periodicidad anual.

Que dichas modificaciones nacionales contemplan además la posibilidad de habilitar talleres privados y concesionarias que reúnan las condiciones técnicas necesarias para realizar las verificaciones, con el objetivo de facilitar el acceso al trámite, reducir demoras y ampliar la oferta de prestadores.

Que la implementación efectiva de estas modificaciones requiere la adhesión expresa de las jurisdicciones provinciales, en razón de las competencias concurrentes en materia de tránsito y seguridad vial.

Que a la fecha, la Provincia de Buenos Aires no ha formalizado la adhesión al nuevo esquema nacional, manteniéndose vigente el régimen provincial anterior, lo que genera diferencias significativas entre jurisdicciones y confusión entre los conductores respecto de los plazos y exigencias aplicables.

Que, a su vez, los valores del trámite de la Verificación Técnica Vehicular en la Provincia de Buenos Aires han registrado incrementos sustanciales, encontrándose vigentes desde enero de 2026 tarifas que representan una carga económica considerable para los propietarios de vehículos particulares, especialmente en un contexto de retracción del poder adquisitivo.

Que esta situación impacta directamente en los vecinos del distrito de Coronel Rosales, quienes deben afrontar un trámite obligatorio con altos costos, plazos restrictivos y limitadas alternativas para su realización.

Que resulta necesario avanzar hacia un esquema de verificación técnica más razonable, armonizado con la normativa nacional, que preserve la seguridad vial sin imponer cargas económicas y administrativas desproporcionadas a los conductores.

Que en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, mediante la Resolución N.º 369/2025 del Ministerio de Transporte bonaerense, se actualizaron las tarifas de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y, con vigencia desde el 16 de enero de 2026, el trámite obligatorio para vehículos particulares registra valores que alcanzan aproximadamente $97.057,65 para automóviles de hasta 2.500 kg y $38.801,03 para motocicletas, entre otras categorías tarifarias dispuestas en el cuadro vigente, lo que representa una significativa carga económica para los propietarios de vehículos particulares en dicha jurisdicción. 

Que, en cambio, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), la Verificación Técnica Vehicular presenta un esquema tarifario más accesible para los mismos tipos de rodados, con aproximadamente $63.453,61 para automóviles particulares y $23.858,78 para motovehículos, sin perjuicio de las diferencias en los criterios de antigüedad y periodicidad fijados para la obligatoriedad de la VTV en dicha jurisdicción.

Que la adhesión de la Provincia de Buenos Aires al régimen nacional permitiría unificar criterios, extender plazos, reducir costos indirectos y brindar mayor previsibilidad y equidad a los ciudadanos.

POR ELLO:

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo, el siguiente:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales solicita al Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires la urgente revisión de la periodicidad como la reducción del esquema tarifario de la Verificación Técnica Vehicular (VTV), atento al significativo incremento de los valores vigentes y al impacto económico que el mismo genera en los usuarios de vehículos particulares de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2º: Solicítese asimismo que dicha revisión contemple criterios de razonabilidad, gradualidad y equidad, en consonancia con los lineamientos establecidos en la normativa nacional vigente y con los esquemas aplicados en otras jurisdicciones, tales como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3º: Remítase copia de la presente al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, a la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires y a la Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, a fin de poner en su conocimiento la situación planteada y promover el tratamiento legislativo correspondiente.

Artículo 4º: Vistos y considerandos forman parte integrante de la presente.

Artículo 5º: De forma.

 

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

Punta Alta, 10 de febrero de 2026
 

Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Pablo Gómez

S                      /                       D

 

VISTO:

El estado de las veredas y espacios públicos en la manzana correspondiente al predio de ABSA, comprendida por las calles Dorrego, José Ingenieros, Hipólito Yrigoyen y Estomba,

 

CONSIDERANDO:

Que las obras de infraestructura deben contemplar la recomposición integral del espacio público afectado, incluyendo veredas, cordón cuneta y arbolado urbano, en especial el sector afectado por las calles donde se hicieron recambio de colectoras.

Que la falta de limpieza y saneamiento genera riesgos sanitarios y afecta la calidad de vida de los vecinos.

Que el cordón cuneta es fundamental para el escurrimiento pluvial y la seguridad vial, por lo que su deterioro, además, compromete, en especial, la transitabilidad de los usuarios que realizan trámites en la Seccional Absa Punta Alta.

Que corresponde al Municipio exigir a la empresa ABSA la reparación y recomposición de los daños ocasionados, garantizando la seguridad, accesibilidad y estética urbana.

 

POR ELLO:

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo, el siguiente:

 

Proyecto de RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige al Sr. Intendente Municipal, Rodrigo Aristimuño, a fin de solicitarle que requiera a la empresa ABSA la limpieza, saneamiento, reparación de veredas, verificación del estado de la arboleda y recomposición del cordón cuneta en la calle José Ingenieros y en la manzana comprendida por Dorrego, Hipólito Yrigoyen y Estomba.

ARTÍCULO 2º: Dispóngase que, en caso de incumplimiento por parte de la empresa, el Municipio arbitre las medidas necesarias para garantizar la seguridad, transitabilidad y salubridad de los vecinos en las zonas mencionadas.

ARTÍCULO 3º: Vistos y Considerandos forman parte de la presente.

ARTÍCULO 4º: De forma.

 

 

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

 

ANEXO 1.

 

                                 

 

 

 

 

Punta Alta, 10 de febrero de 2026
 

Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Pablo Gómez

S                      /                       D

 

VISTO:

La existencia del sistema digital de reclamos en línea del Municipio de Coronel Rosales, disponible en la página web oficial https://aulavirtualrosales.com/reclamos/nuevo, que permite a los vecinos canalizar de manera rápida y transparente distintas problemáticas de la comunidad, y;

 

CONSIDERANDO:

         Que dicho portal constituye una herramienta de autogestión que facilita la comunicación entre el vecino y el Municipio, reduciendo trámites presenciales y agilizando la atención de las solicitudes;

Que resulta fundamental continuar ampliando las categorías de reclamos disponibles, a fin de que la ciudadanía pueda reportar de manera específica situaciones que afectan la calidad de vida urbana;

Que esta situación se planteó en el Concejo Deliberante.

Que la presencia de vehículos abandonados en la vía pública son problemáticas frecuentes, que generan inconvenientes ambientales, sanitarios y de seguridad, y que requieren de un canal oficial para su rápida notificación y gestión;

Que la Ordenanza N°4370 autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a vender vehículos abandonados y chatarra (que cumplan los requisitos legales) ubicados en los corralones municipales y que los fondos de esta venta serán destinados a las partidas presupuestarias de la Secretaría de Obras y Servicios y a la Dirección de Tránsito para reparación de la vía pública, seguridad vial y repavimentación asfáltica del Distrito;

Que la incorporación de estas nuevas opciones en el sistema virtual fortalecerá las políticas de cercanía y transparencia, promoviendo la participación ciudadana y la mejora en los servicios de control y fiscalización, como el incremento del presupuesto municipal en función de lo establecido por ordenanza 4370;

Que el abandono de vehículos en la vía pública impacta negativamente en la calidad de vida urbana, generando perjuicios directos a la ciudadanía, que estos automotores inutilizables no solo obstruyen la circulación limitando el espacio legítimo de estacionamiento, sino que además constituyen un foco de inseguridad e insalubridad;

Que por Resolución 314/2025 fue planteada esta problemática.

 

POR ELLO:

El bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo, el siguiente:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige al Sr. Intendente Municipal, Rodrigo Aristimuño, con el fin de solicitarle que: 

a) Evalúe la factibilidad de incorporar la categoría de reclamo ‘VEHICULOS ABANDONADOS’ en la plataforma de autogestión de reclamos vecinales disponible en el sitio web https://aulavirtualrosales.com/reclamos/nuevo

b) Informe a la población los mecanismos disponibles para denunciar la existencia de vehículos abandonados en la vía pública, incluyendo las modalidades de denuncia (portal digital, teléfono, mesa de entradas), los datos requeridos (ubicación, patente, fotografías) y el área encargada de la recepción y seguimiento.

Artículo 2°: Dispónese la publicación de dicha información en la página oficial del Municipio, redes sociales institucionales y medios de comunicación locales, a fin de garantizar su difusión masiva.

Artículo 3º: Vistos y considerandos forman parte de la presente

Artículo 4°: De forma.

 

 

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

Número: ACTO-2026-00009958-MUNICRO-UCR#HCD

 

PUNTA ALTA, BUENOS AIRES

Jueves 4 de febrero de 2026

 

Referencia: Pedido de informes para Comisión de Fondo Educativo. 

 

A: Pablo Ariel Gomez (LALIAV#HCD),

Con Copia A: Pablo Daniel Zaragoza (HCD)

 

De mi mayor consideración:

 

VISTO:
La Ordenanza N° 4381 que crea la Comisión de Seguimiento del Fondo de Financiamiento Educativo en el distrito de Coronel Rosales, y las actuaciones administrativas vinculadas a la asignación y ejecución de recursos del Fondo Educativo, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza N° 4381 establece como funciones de la Comisión de Seguimiento del Fondo Educativo la definición de prioridades de inversión, la elaboración de informes anuales y de diagnósticos sobre la situación de la infraestructura escolar, el seguimiento de la ejecución de los recursos y la articulación con el Departamento Ejecutivo y el Consejo Escolar.

Que para el cumplimiento efectivo de dichas funciones resulta indispensable contar con información completa, desagregada y verificable sobre los fondos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo, su origen, destino y modalidad de ejecución.

Que la emisión de documentos sobre prioridades de inversión y urgencias del ciclo lectivo entrante requiere identificar de manera objetiva las necesidades edilicias del sistema educativo distrital.

Que la transparencia en la administración de los recursos públicos y el acceso a la información fortalecen el control institucional y la participación de la comunidad educativa.

Que la adecuada articulación entre el Departamento Ejecutivo, el Consejo Escolar y el Honorable Concejo Deliberante resulta central para garantizar el uso eficiente y planificado de los recursos del Fondo de Financiamiento Educativo.

 

POR ELLO

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo el siguiente

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

 

ARTÍCULO 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales solicita al Intendente Municipal Rodrigo Aristimuño que, en el marco de la Comisión de Seguimiento del Fondo de Financiamiento Educativo, informe a través del área correspondiente:

a) El detalle de los fondos percibidos en concepto de Fondo de Financiamiento Educativo durante el ejercicio 2025, indicando origen, montos y fechas de ingreso.

b) El estado de ejecución de dichos fondos, discriminando recursos comprometidos, ejecutados y saldos disponibles.

c) El detalle de obras, intervenciones y subsidios financiados con recursos del Fondo, especificando establecimientos alcanzados, montos asignados y modalidad de ejecución.

d) Los criterios utilizados para la definición de prioridades de inversión en infraestructura educativa.

e) Las previsiones de obras y necesidades identificadas para el ciclo lectivo 2026.

f) El detalle consolidado de las intervenciones realizadas en los establecimientos educativos del distrito durante el ejercicio 2025 con financiamiento del Fondo de Financiamiento Educativo, indicando tipo de intervención, montos ejecutados, modalidad de ejecución y estado general de las mismas.

g) Indique si, de acuerdo con las evaluaciones efectuadas por el Departamento Ejecutivo, las intervenciones realizadas permitieron resolver de manera definitiva las problemáticas detectadas o si subsisten necesidades pendientes.

h) Detalle los establecimientos educativos que, habiendo sido relevados, no recibieron intervenciones con cargo al Fondo Educativo durante el ejercicio 2025, indicando los motivos.

ARTÍCULO 2°: El Honorable Concejo Deliberante solicita a la Presidenta del Consejo Escolar de Coronel Rosales Haydeé Vidal, en el marco de la Ordenanza 4381, brindar la siguiente información:

a) Las solicitudes de fondos elevadas al Departamento Ejecutivo durante el ejercicio 2025 con cargo al Fondo de Financiamiento Educativo, detallando establecimientos, montos y objeto de cada requerimiento.

b) Las modalidades de ejecución adoptadas para cada intervención financiada (contratación externa, administración propia, prácticas profesionalizantes u otras).

c) El estado de las rendiciones de cuentas correspondientes a los subsidios recibidos con cargo al Fondo de Financiamiento Educativo.

d) Las prioridades y urgencias en materia de infraestructura escolar identificadas para el ciclo lectivo 2026.

e) El detalle de las mejoras edilicias efectivamente concluidas durante el ejercicio 2025 en cada establecimiento educativo, indicando tipo de intervención y monto aplicado.

f) El estado edilicio actual de los establecimientos intervenidos, señalando si las mejoras realizadas resultaron suficientes para garantizar el normal dictado de clases o si requieren nuevas intervenciones.

ARTÍCULO 3°: Vistos y considerandos forman parte del presente.

ARTÍCULO 4°: De forma

 

Sin otro particular saluda atte

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

 

 

 

 

 

 

Punta Alta, 2 de febrero de 2026
 

Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Pablo Gómez

S                      /                       D

 

VISTO: 

La Ordenanza Nº 4318 y sus modificatorias, mediante la cual se establece el sentido único de circulación en diversas arterias del Partido de Coronel Rosales; y

 

CONSIDERANDO:

Que la mencionada Ordenanza incluye a la calle Yapeyú, en el tramo  comprendido entre José Ingenieros e Hipólito Yrigoyen, dentro del Sector C (Ciudad Atlántida y Zona Sur), asignándole sentido único de circulación;

Que la falta de nomencladores visibles y adecuados dificulta la correcta identificación de la arteria, genera confusión para vecinos, visitantes y servicios de emergencia, y afecta la seguridad vial;

Que resulta necesario que el Departamento Ejecutivo, a través de las áreas competentes, garantice las condiciones adecuadas de señalización conforme a la normativa vigente;

 

POR ELLO:

El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo el siguiente

:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales solicita al señor Intendente Municipal, Rodrigo Aristimuño, a través del área que corresponda, la colocación de nomencladores identificatorios de la calle Yapeyú, en ambos extremos y/o intersecciones necesarias del tramo comprendido entre José Ingenieros e Hipólito Yrigoyen, en la ciudad de Punta Alta.

Artículo 2°.- Visto, Considerandos y Anexo I forman parte de la presente.

Artículo 3°: De forma.

 

 

Liliana Taboada

Concejal

Unión Cívica Radical

Honorable Concejo Deliberante

 

ANEXO 1.