Punta Alta, 2 de Diciembre de 2025
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Pablo Gómez
S / D
VISTO
La Ordenanza Municipal Nº 4286 y su modificatoria Ordenanza Nº 4382, que prohíben la venta, uso y circulación de artificios pirotécnicos de impacto sonoro en el distrito de Coronel Rosales; y
CONSIDERANDO
Que el uso de pirotecnia de impacto sonoro genera consecuencias negativas para la salud física y emocional de personas con hipersensibilidad sensorial, niños y niñas dentro del espectro autista, adultos mayores, personas con trastorno de estrés postraumático, vecinos con patologías cardíacas, neurológicas o psiquiátricas; y
Que los animales domésticos, la fauna urbana y silvestre se ven afectados por el estruendo, presentando comportamientos de huida, estrés, lesiones, desorientación e incluso muerte; y
Que pese a la normativa vigente, es necesario tomar medidas urgentes frente al almacenamiento irregular y uso indebido de pirotecnia, especialmente en períodos festivos o eventos deportivos; y
Que el Municipio ya implementa herramientas de recepción de denuncias ciudadanas mediante Whtsapp (como en el caso de microbasurales), las cuales han demostrado accesibilidad, impacto territorial, inmediatez operativa y participación comunitaria; y
Que el Artículo 3 de la Ordenanza 4286, según texto dado por la Ordenanza 4382, establece como obligación del Departamento Ejecutivo difundir los alcances de la normativa y poner a disposición canales de denuncia, por lo que la implementación propuesta en este proyecto se encuentra en concordancia con la normativa vigente; y
Que contar con un canal oficial y directo para denuncias permitirá generar registros estadísticos, reforzar operativos de control, y promover una política activa de prevención, fiscalización y conciencia pública.
POR ELLO:
El Bloque UNIÓN CÍVICA RADICAL de Coronel Rosales pone a consideración del Honorable Cuerpo, el siguiente:
Proyecto de RESOLUCIÓN
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Sr. Intendente Municipal Rodrigo Aristimuño, la creación e implementación de una línea oficial de Whatsapp destinada exclusivamente a la recepción de denuncias ciudadanas relacionadas con la venta, uso, almacenamiento, comercialización o distribución de pirotecnia prohibida, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 4286 y su modificatoria.
Artículo 2º: Solicítese que la línea mencionada en el artículo anterior permanezca activa durante todo el año, intensificando su operatividad y difusión entre los meses de diciembre y enero, así como en fechas festivas o eventos deportivos.
Artículo 3º: Recomiéndase que la línea habilite el envío de mensajes de texto, fotografía, audio y video y garantice la confidencialidad de la identidad del denunciante.
Artículo 4º: Solicítese la difusión masiva de este canal a través de medios locales, redes oficiales del Municipio, dependencias públicas, instituciones educativas, comercios, veterinarias, centros de salud y demás espacios comunitarios.
Artículo 5º: De forma.
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Néstor Martínez Concejal Unión Cívica Radical Honorable Concejo Deliberante |
Liliana Taboada Concejal Unión Cívica Radical Honorable Concejo Deliberante |